La ley 11.071 establece el nuevo régimen de promoción industrial. En dicha ley, y en su Decreto Reglamentario, se establecen los requisitos para acceder al régimen, los beneficios impositivos implicados en el mismo, los determinantes del plazo de beneficio, entre otros. De esto, se destaca:
Podrán ser beneficiarios del régimen personas humanas o jurídicas que desarrollen actividad industrial, en establecimientos existentes, nuevos o reactivados
Entre sus requisitos se destaca: estar radicado en Entre Ríos, ser propiedad de personas humanas o jurídicas domiciliadas en el país, no registrar deuda con el Estado provincial, cumplimentar con la normativa medioambiental, contar con al menos 5 empleados contratados en forma efectiva y por tiempo indeterminado.
Si se trata de un establecimiento existente, además tiene como requisito aumentar al menos el 15% de su capacidad operativa instalada, la cual se determina como el promedio simple del aumento de las siguientes variables: producción, planta de personal, bienes de capital y exportaciones, en todo caso sin reducción de personal. Además, se debe registrar aumento en al menos dos de las cuatro dimensiones señaladas.

Beneficios

  • Beneficios impositivos: exención sobre impuestos provinciales de IIBB, Inmobiliario, Sellos y Automotor, sobre los bienes afectados exclusivamente a la actividad industrial.
  • Beneficios en energía y gas.
  • Plazos: el plazo de promoción es por 10 años (con posibilidad de ampliación).

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Ley de Promoción IndustrialDecreto Reglamentario de la Ley 11.071Resolución 850: Formularios de Promoción IndustrialFormulario Editable Resolución 850