Programa Promoción del Empleo Industrial Entrerriano

Programa "Promoción del Empleo Industrial Entrerriano"

AGOSTO 2022 - ENERO 2024

Introducción

“Promoción del Empleo Industrial Entrerriano”, lanzado por el Gobierno provincial en la sede de la Unión Industrial de Entre Ríos, es un programa que promueve la creación de trabajo privado registrado en los establecimientos productivos de Entre Ríos. La Provincia realizará aportes no reintegrables (ANR) mensuales a aquellas industrias que incrementen su personal registrado en relación a la planta de julio de 2022.

Objetivo

El programa prevé generar hasta 1.500 nuevas contrataciones en industrias de la provincia.

Beneficiarios

Empresas que se encuentren inscriptas en el Registro de Establecimientos Industriales de la Provincia de Entre Ríos, no registren deudas exigibles ante el fisco provincial y no estén informadas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales, y acrediten incrementos en la nómina de trabajadores registrados por tiempo indeterminado y a jornada completa en la provincia de Entre Ríos.

Temporalidad

Los beneficios serán liquidados en forma mensual y pagados de manera trimestral, una vez finalizados los procesos de convocatoria, análisis y aprobación que reglamente y lleve a cabo la autoridad de aplicación. Si bien en un principio tenía vigencia de 12 meses, se extendió la adhesión hasta el 31 de enero de 2024, con último período de pago hasta el 15 de marzo de 2024.

Plazo límite de Adhesión

Se extendió hasta el 31 de enero de 2024, inclusive.

Beneficio

Aporte No Reintegrable (ANR) por cada trabajador incorporado a partir del 1° de Agosto 2022, según el porcentaje incremental de trabajadores y la categorización de la empresa según la escala de SEPYME-Nación. El ANR se calculará como un porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) según el siguiente esquema:

 
Incremento neto de la nómina de personal

NIVEL 1
Empresa Micro y Pequeña

NIVEL 2
Mediana Tramo 1 y Mediana Tramo 2

NIVEL 3
Empresa Grande

<10%
ANR del 60% del SMVM
ANR del 55% del SMVM
ANR del 50% del SMVM
10% a 20%
ANR del 70% del SMVM
ANR del 65% del SMVM
ANR del 60% del SMVM
>20%
ANR del 80% del SMVM
ANR del 75% del SMVM
ANR del 70% del SMVM

Cálculo

Cada tres meses desde el 1° de Agosto (inicios de noviembre 2022, inicios de febrero 2023, inicios de marzo 2023, e inicios de agosto 2023) se declararán las altas de cada mes, las cuales darán derecho al ANR correspondiente según su comparación con la línea de base de personal de Julio 2022 y la categorización de la empresa según la escala de SEPYME.